Primera medida que inaugura las convocatorias del PERTE de Economía Circular

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) saca a información pública tres programas de ayudas que combinan medidas anunciadas en el PERTE ERHA, de Energías Renovables, Hidrógeno y Almacenamiento y en el PERTE de Economía Circular: ayudas a la repotenciación de instalaciones eólicas, a la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y a instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.
   
Se plantea que las ayudas se otorguen en régimen de concurrencia competitiva y las actuaciones deberían estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2025 respetando el principio de “no causar un daño significativo” al medioambiente, dotadas inicialmente con 150 millones de euros.
 
Con esta línea se espera lograr al menos 435 MW eólicos repotenciados, 50 MW hidroeléctricos renovados y una capacidad anual de reciclaje de cerca de 19.000 toneladas de palas y otros materiales compuestos del aerogenerador.
 
En la valoración de los proyectos se tendrán en cuenta requisitos de economía circular, como la reducción, reutilización y reciclado de los residuos generados en los parques eólicos, en especial de las palas de los aerogeneradores. Además, se priorizarán las instalaciones ubicadas en zonas de Transición Justa, Reto Demográfico e islas.

El órgano encargado de gestionar las ayudas será el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE).
 
Consulta el Borrador de la Orden de Bases Reguladoras y el borrador de la 1ª convocatoria en este enlace

Presentación de alegaciones: 
  • Plazo para presentar alegaciones: desde el jueves, 09 de junio de 2022 hasta el viernes, 17 de junio de 2022
  • Enviar a la dirección de correo: bzn-repotenciacion@miteco.es
  • Deberán indicar las siguientes cuestiones:
    • Asunto: «Información Pública Repotenciación Circular».
    • Nombre y apellidos / denominación o razón social del participante
    • Organización o asociación (si corresponde)
    • Contacto (correo electrónico)
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo junto al DNI o CIF en función de la personalidad física o jurídica).

FUENTE: MITECO.